Normas de participacion

Normas de participación en los eventos organizados por la PARC.

CONVOCATORIA “oficial” Y DIFUSION

-Los actos de la Asociación PARC- Plataforma Afectados Restricciones Circulatorias los convocara la Junta Directiva, pudiendo (dependiendo de la magnitud) convocar una Asamblea Extraordinaria para su ratificación si así lo considera la Junta Directiva oportuno.

-Los actos se harán públicos desde la página web oficial y las cuentas oficiales (Foro, Facebook, twitter) de la Asociación PARC y solo lo harán los responsables del COMITÉ encargado de dar DIFUSION y gestionar las REDES. Cualquier rectificación sería a través de otra convocatoria y nuevamente por las cuentas oficiales. Estas podrán ser compartidas en las redes por socios y ciudadanos particulares sin poder rectificar datos de las mismas.

-Cualquier acto convocado por una persona física utilizando nuestras cuentas oficiales, NO será responsabilidad de la Asociación PARC. Siendo expulsado/borrado de estas automáticamente si lo hace en nombre de la plataforma.

-La Asociación PARC indicará en la convocatoria el lugar, día, hora de inicio y hora de finalización del acto pudiendo limitar por seguridad el número de asistentes dentro de lugares cerrados. PARTICIPANTES

-Cada participante acude al acto de forma voluntaria siendo el mismo el responsable de sus actos, respondiendo de los daños que pudiera ocasionar a terceros, sean participantes o no del evento.

-La llegada de los participantes con sus vehículos al lugar del evento es responsabilidad de los mismos.

-Si el acto se celebra en un recinto o zona acotada para tal efecto, los participantes podrán aparcar sus vehículos donde indiquen los voluntarios de la organización, pudiendo abandonar su vehículo y pasar a participar en el evento.

-Los conductores de los vehículos aparcados en una zona diferente al acto o en lugares prohibidos según normativa municipal, dejarán de ser participantes y la Asociación PARC no se responsabilizaría de ese vehículo ni de las molestias que pudiera ocasionar.

-Si el acto se celebrara durante un recorrido en la VIA PUBLICA los participantes solo lo harán dentro de sus vehículos circulando por este y bajo las indicaciones de los voluntarios.

-Si algún vehículo circulara fuera de este recorrido quedaría fuera del evento no siendo responsabilidad de la plataforma.

-Si algún conductor abandona un vehículo que forma parte del evento, este se consideraría viandante fuera del evento, no siendo responsabilidad de la plataforma sus actos o declaraciones.

-En los recorridos se circulará a velocidad permitida según la vía cumpliendo las normas de tráfico o incluso reduciendo esta por seguridad.

-Cualquier actitud incívica de algún participante no será responsabilidad de la plataforma, siendo denunciada a las autoridades competentes por la propia plataforma si dañase la imagen de la misma.

-Todos los participantes harán caso a las indicaciones de los voluntarios del evento, si no lo hicieran serian expulsados de esta. VOLUNTARIOS

-Los voluntarios irán debidamente identificados para poder informar y dar indicaciones a los participantes.

-Los voluntarios indicarán donde y como poder llevar pancartas, carteles, etc…si el evento lo permitiese.

-Los voluntarios velaran para que el evento se realice de forma pacífica.

-Los voluntarios podrán informar a las autoridades competentes de actitudes incívicas de los participantes. Estas normas se toman partiendo de la ley orgánica sobre responsabilidad por daños en manifestaciones, que adjuntamos a continuación.

 

LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS CAUSADOS EN LAS MANIFESTACIONES

El artículo 4 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, regula la responsabilidad civil derivada de la celebración de manifestaciones partiendo de la premisa de hacer responsables de su buen orden a sus organizadores, a quienes se les impone la obligación de adoptar las medidas necesarias para el adecuado desarrollo de las mismas, y haciendo recaer sobre ellos una responsabilidad subsidiaria de los daños causados a terceros por los participantes en las manifestaciones, es decir, en defecto de estos últimos, quienes por supuesto deberán responder directamente de tales perjuicios. Eso sí, reconociendo a favor de los promotores o convocantes que respondan subsidiariamente por los daños causados por los participantes una acción de repetición contra estos últimos por los daños resarcidos al tercero perjudicado. No obstante, los organizadores podrán declinar su responsabilidad subsidiaria si demuestran haber actuado con la máxima diligencia y haber desplegado a todos los medios razonables a su alcance para evitar los daños.

 

ASI PUES, QUEDA AVISADO TODO PARTICIPANTE A LOS ACTOS PROGRAMADOS POR LA ASOCIACION PLATAFORMA DE AFECTADOS RESTRICCIONES CIRCULATORIAS QUE SON ELLOS RESPONSABLES DE SUS ACTOS.

 

Estas normas de participación son el ANEXO 1 incluido en los ESTATUTOS de la Asociación Plataforma Afectados Restricciones Circulatorias habiendo sido depositados y dados de ALTA junto con la solicitud de inscripción de asociaciones el 21/12/2017 en el Registro Nacional de Entidades Sección 1 con el Nº Nacional 614718.